EPS, seguros y cajas de compensación: lo que ya pagaste y no sabías que tenías
Última verificación: 13 de agosto de 2026
Después de un desastre, mucha gente paga de su bolsillo cosas que ya estaban cubiertas. Revisa esta lista antes de gastar un peso.
Salud: la atención de urgencias NO depende de tu EPS
- La atención inicial de urgencias es obligatoria en cualquier hospital o clínica del país, sin importar tu EPS, si estás al día, o si no tienes afiliación. No te pueden exigir pago, autorización ni papeleo para atenderte una urgencia. Si te la niegan: Superintendencia de Salud (línea 601 744 2000) o la Personería de tu ciudad.
- Además, para las víctimas del terremoto existe la cobertura estatal de eventos catastróficos (ADRES): financia urgencias, cirugías, hospitalización, rehabilitación y traslados de los afectados por el desastre natural. Es un mecanismo que existe desde 1993 y se activa precisamente para esto.
- Si perdiste tus medicamentos de uso crónico en el sismo, tu EPS debe reponerlos: pide cita prioritaria o usa los canales de emergencia que las EPS activaron en las zonas afectadas.
Indemnización estatal por muerte o incapacidad (ADRES)
Poca gente lo sabe: el Estado indemniza a las familias de las víctimas de desastres naturales.
- Por muerte: 750 salarios mínimos legales diarios (~$43,7 millones COP en 2026) + auxilio de gastos funerarios.
- Por incapacidad permanente: cobertura proporcional.
- Se reclama ante la ADRES con el registro de la víctima y los documentos que acrediten el parentesco. La Registraduría y Medicina Legal alimentan el registro oficial de fallecidos. Desconfía de «tramitadores» que cobren por esta gestión: el trámite es gratuito.
Seguros: cómo reclamar (guía de Fasecolda)
- Si tienes cualquier póliza (hogar, hipotecaria, copropiedad, vehículo, pyme): contacta directamente a tu aseguradora por sus líneas, app o web. Todas activaron protocolos de atención post-sismo.
- Documenta antes de reparar o remover: fotos y videos del daño, desde varios ángulos, con fecha.
- Crédito hipotecario = seguro de terremoto incluido. Lo pagas todos los meses dentro de la cuota. Llama al banco y pide activar la reclamación; exige por escrito el nombre de la aseguradora y número de póliza.
- Vives en edificio o conjunto: la copropiedad tiene póliza de zonas comunes obligatoria (Ley 675 de 2001). El administrador es quien reclama — pregúntale hoy si ya reportó.
- Revisa el plazo de aviso de tu póliza: suele ser corto. Reportar tarde puede costarte la cobertura.
Cajas de compensación: el auxilio que casi nadie reclama
Si cotizas (o cotizabas hace poco) a una caja de compensación — Comfandi/Comfenalco en el Valle, Comfamiliar en Risaralda — llama o ve a tu caja y pregunta literalmente por:
- Auxilio por calamidad doméstica: muchas cajas entregan un apoyo económico o en especie a afiliados que sufren un evento grave como la destrucción de su vivienda.
- Créditos blandos de emergencia para reparación o reposición de enseres.
- Kits y ayudas en especie que las cajas activan en emergencias declaradas.
- Si eres empleador: pregunta qué tienen tus empleados afectados; el trámite suele salir más rápido por la empresa.
Cada caja define montos y requisitos propios, así que la instrucción es una sola: pregunta en TU caja qué activaron para el sismo. Es un derecho de tu afiliación, no un favor.
Otras ayudas confirmadas del Gobierno
- Servicios públicos: alivio de 3 meses en el pago para las familias afectadas (anunciado inicialmente para Risaralda; confirma en tu ciudad con la empresa de servicios).
- Subsidio de arriendo temporal para vivienda destruida o inhabitable (vía RUD — ver Guía Legal).
- Alivios bancarios y tributarios: períodos de gracia y refinanciación; pídelos por escrito citando tu registro en el RUD.
El requisito transversal
Casi todas estas ayudas piden lo mismo: estar en el Registro Único de Damnificados (RUD). Es presencial, gratuito, en la alcaldía u oficina de Gestión del Riesgo de tu municipio. Si aún no te has registrado, es lo primero de la lista.